martes, 16 de octubre de 2012

El artículo 197 del Código Penal


            El famoso “caso Olvido”, sobre la difusión de un video personal de tipo erótico a través de las redes sociales, ha suscitado mucha polémica este verano. Dicho video se divulgó a través del correo electrónico y a través de las redes sociales a una velocidad de vértigo. La gente se cree con derecho de “pasar a sus colegas” videos que nos envían porque nos hacen gracia, pero la verdad es que no debemos hacerlo. Por varios motivos, el principal es que debemos tener permiso del dueño, es más, para poder grabarlo también se necesita dicha autorización. Se está violando el derecho a la intimidad, un derecho que está recogido en la Constitución Española, más concretamente en el artículo 18, en el que se garantiza el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen. Ojo, y también garantiza el secreto de las comunicaciones.

            Pues bien, vamos a ver que dice el artículo 197 de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal:

1. «El que, para descubrir los secretos o vulnerar la intimidad de otro, sin su consentimiento, se apodere de sus papeles, cartas, mensajes de correo electrónico o cualesquiera otros documentos o efectos personales o intercepte sus telecomunicaciones o utilice artificios técnicos de escucha, transmisión, grabación o reproducción del sonido o de la imagen, o de cualquier otra señal de comunicación, será castigado con las penas de prisión de uno a cuatro años y multa de doce a veinticuatro meses.

2. Las mismas penas se impondrán al que, sin estar autorizado, se apodere, utilice o modifique, en perjuicio de tercero, datos reservados de carácter personal o familiar de otro que se hallen registrados en ficheros o soportes informáticos, electrónicos o telemáticos, o en cualquier otro tipo de archivo o registro público o privado. Iguales penas se impondrán a quien, sin estar autorizado, acceda por cualquier medio a los mismos y a quien los altere o utilice en perjuicio del titular de los datos o de un tercero.

3. El que por cualquier medio o procedimiento y vulnerando las medidas de seguridad establecidas para impedirlo, acceda sin autorización a datos o programas informáticos contenidos en un sistema informático o en parte del mismo o se mantenga dentro del mismo en contra de la voluntad de quien tenga el legítimo derecho a excluirlo, será castigado con pena de prisión de seis meses a dos años.

Cuando de acuerdo con lo establecido en el artículo 31 bis una persona jurídica sea responsable de los delitos comprendidos en este artículo, se le impondrá la pena de multa de seis meses a dos años. Atendidas las reglas establecidas en el artículo 66 bis, los jueces y tribunales podrán asimismo imponer las penas recogidas en las letras b a g del apartado 7 del artículo 33.

4. Se impondrá la pena de prisión de dos a cinco años si se difunden, revelan o ceden a terceros los datos o hechos descubiertos o las imágenes captadas a que se refieren los números anteriores.

Será castigado con las penas de prisión de uno a tres años y multa de doce a veinticuatro meses, el que, con conocimiento de su origen ilícito y sin haber tomado parte en su descubrimiento, realizare la conducta descrita en el párrafo anterior.

5. Si los hechos descritos en los apartados 1 y 2 de este artículo se realizan por las personas encargadas o responsables de los ficheros, soportes informáticos, electrónicos o telemáticos, archivos o registros, se impondrá la pena de prisión de tres a cinco años, y si se difunden, ceden o revelan los datos reservados, se impondrá la pena en su mitad superior.

6. Igualmente, cuando los hechos descritos en los apartados anteriores afecten a datos de carácter personal que revelen la ideología, religión, creencias, salud, origen racial o vida sexual, o la víctima fuere un menor de edad o un incapaz, se impondrán las penas previstas en su mitad superior.

7. Si los hechos se realizan con fines lucrativos, se impondrán las penas respectivamente previstas en los apartados 1 al 4 de este artículo en su mitad superior. Si además afectan a datos de los mencionados en el apartado anterior, la pena a imponer será la de prisión de cuatro a siete años.

8. Si los hechos descritos en los apartados anteriores se cometiesen en el seno de una organización o grupo criminales, se aplicarán respectivamente las penas superiores en grado».

27 comentarios:

  1. Que sucede cuando se graba en video a las personas en contra de su voluntad y se exhibe a las personas en las redes sociales? como en el caso de los videos de el poder antigandalla?

    en este video se puede observar como la señora pide en varias ocasiones que no la estén grabando https://www.youtube.com/watch?v=2k3xc0zbKCM

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    1. Por desgracia hay que buscarse un buen abogado, que nos costará un dinerito, pero que al final podremos recuperar si ganamos el juicio.

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  2. Esto incluye a que te lean conversaciones privadas de tu celular en las cuales ella no esta involucrada y las compartan con otros sin tu consentimiento

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  3. si publico el pack de mi exnovia que pasa ?

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    1. yo no lo haría, te expones a una demanda. y depende de lo que muestres, puede ser serio. ojo !! Lo mejor es vivir el presente y olvidarse del pasado. Be Happy

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  4. Puedo denunciar a la mujer de mi ex pareja que sube foto de mi hijo sin mi concentimiento??

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  5. Y en el caso de una convesación con otra persona en facebook a la cual le saqué pantallazos, es eso un delito? Por que aquí yo soy uno de los que participó en la conversación.

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    1. Todo depende de lo que se publique. Si es una conversación intima, hay que tener permiso expreso de la otra persona. Otro caso es que esa conversación se realice en una red social de forma pública y que todo el mundo la haya visto. Todos hemos obtenido alguna vez algún pantallazo de algo que nos molesta. No se si es un delito, pero hay que tener siempre mucho cuidado con lo que publicamos. creemos que tenemos libertad de expresión, pero existen siempre límites, y esa delgada linea rojo, no sabemos cuando la hemos rebasado, dado que si uno de estos temas llega a un juzgado, depende del juez que te toque, y de el rasero por el que mida las cosas. Ante todo tranquilidad, y nunca faltar el respeto a nadie. Be Happy...

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  6. Vivo en un conjunto cerrado y uno de mis vecinos entró sin consentimiento a el lugar donde está la correspondencia de todos los propietarios y robo y despedazó la correspondencia que el administrador había dejado para cada propietario como le hago pagar su delito

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    1. yo me pondría en contacto con el administrador para que sea el, el que ponga la denuncia. Tienes que tener en cuenta que ahora cualquier denuncia en los juzgados te va a costar unas tasas. De esta manera, es la comunidad la que asume en conjunto los gastos. Ahora bien, hay que saber quien ha sido, y presentar las pruebas, sino es tu palabra contra la suya, y el caso quedara sobreseído. Cierto, es una pena, pero a veces no podemos hacer mucho, y estamos en desventaja. También deberías comentarlo en la junta de vecinos para tomar medidas. Un fuerte abrazo

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  7. ¿Si publico en el perfil de Facebook de mi exnovia que me fue infiel existen complicaciones legales?

    Respecto al ciberbullying, ¿Si le mando un mensaje privado, por inbox, con insultos (omitiendo amenazas) hay problemas legales?

    Un saludo!

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    1. que hago si la chica de mi ex y él mandaron vídeos íntimos a mi actual novio.............. hay ley para eso ???

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    2. Todo lo que influye en tu intimidad, sin tu permiso , es susceptible de denuncia. Si te sientes realmente afectada, ponte en contacto con un abogado y denuncia. (ojo todo cuesta dinero, pero lo mas importante es nuestro honor y credibilidad). un saludo

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  8. que pasa si es amenazado si no le da las fotos intimas

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    1. las amenazas también pueden ser constitutivas de delito. pero todo depende de una delgada linea roja. Infórmate en una comisaría con un abogado. Buena suerte

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  9. si se difundieron fotos intimas mías, sin mi consentimiento, ¿que debo hacer?

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    1. Primero, disculpa el retraso en contestar. Con las pruebas, asesorate con un abogado y pon una denuncia. mucha suerte con el tema...

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  10. Me están acusando por hackear una cuanta de Facebook donde en ella avian fotos íntimas... las cuales me acusan de averías difundido... cosa que nunca e hecho... Pero me acusan porque una chica dijo que lo avia mandando un supuesto link en el cual yo le reclame diciendo a ella porque me avia involucrado en algo como eso... a lo que ellos dicen tener esas supuestas pruebas de que fui yo sólo porque le reclame a la muchacha...
    En este caso salgo afectado si hay una supuesta demanda???
    Soy inocente lo se.. Porque no use nada..
    Pero me acusan solo por q le reclame a ella y suponen que tube algo que ver.

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    1. Solo puedo decirte que si vá a más, ponte en contacto con un buen abogado. A veces invertir dinero en eso es mejor para nuestra salud.

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  11. Hola me hija tomo mi celular sacándome conversaciones y fotos íntimas con un amigo que tenía .y apesar que con mi marido vivíamos en la misma casa pero en pieza separadas .Hace 8 meses .surgió un episodio de violencia intrafamiliar

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    1. Cuando escucho la palabra violencia se me ponen los pelos de punta. Jamás hay que permitirlo, Denuncialo !!! pero ten cuidado como lo haces, que no se vuelva contra ti. Pide ayuda a alguien con el que tengas mucha confianza y te puedas fiar. Mucha suerte

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  12. Fui objeto de robo de un dispositivo de almacenamiento el cual contiene imágenes intimas, está se han divulgado ignoro el medio, vecinos ,compañeros de trabajo saben de esto, lo sé por sus actitudes hacia mi persona,la autoridad se niega a levantar la denuncia por qué no tengo pruebas, que puedo hacer en esta situación en la que me encuentro.

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    1. El primer paso es denunciar el robo del móvil, que me imagino que lo hiciste. En cuanto seas capaz de encontrar una sola prueba, ponte en contacto con un abogado y pon una denuncia. Siempre he dicho que hay que tener mucho cuidado con los dispositivos móviles y lo que guardamos en ellos. Somos muy predecibles, y esto nos hace vulnerables. Lo primero que hay que hacer, es eliminar esas fotos siempre si no las puedes codificar para que solo seas capaz de verlas tu. Paciencia y mucha suerte, espero se solucione todo...

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  13. La ex esposa de mi pareja extrajo el computador de el sin su consentimiento extrajo fotos mías íntimas de su memoria, amenaza con publicarlas.. Que hago? Si lo hace quien denuncia? El o yo? Porque es mi imagen.. Gracias

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  14. Que pasa cuando grabo un video a mi hijo en su escuela y la directora me amenaza de que eso esta prohibido...ella puede hacer eso? Si yo soy la tutora de mi hijo!, tengo que pedir permiso a ella para grabar a mi hijo en su escuela?????

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    1. El problema esta en que no esta solo y por defecto se suele grabar a mas personas. ¿tienes su autorización para grabarlas?... ya no podemos grabar lo que queramos sin la autorización del resto de las personas. Si, creo que estamos rizando el rizo con las prohibiciones.

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